Las correas retráctiles o extensibles no son amigas suyas (ni de su perro). Existen innumerables razones para utilizar una "correa plana", una correa estándar para perros de 1,8 metros fabricada normalmente con nailon, cuero o cuerda, en lugar de una correa retráctil, que es peligrosa para las personas y los perros, y cuyo uso es ilegal en el Condado de Orange.
Peligros de las correas retráctiles
La longitud de las correas retráctiles, algunas de las cuales pueden alcanzar los 6 metros, permite a los perros alejarse lo suficiente de sus dueños como para que una situación se vuelva peligrosa. Por ejemplo, un perro con correa retráctil puede salir corriendo a la calle o entrar en contacto con otros perros o personas sin ser invitado. Es mucho más fácil recuperar el control -o proteger- a un perro al final de una correa plana estándar de 6 pies que si está a unos 20 pies de distancia.
Si un paseador de perros se enreda con el cordón de una correa retráctil, o lo agarra en un intento de enrollar a su perro, puede sufrir quemaduras, cortes o algo peor. Muchas personas han sido arrancadas de sus pies por un perro que llega al final de la correa y sigue avanzando, con el resultado de contusiones, "sarpullido" y huesos rotos. Los perros también han sufrido lesiones terribles como consecuencia del brusco tirón que se produce en el cuello cuando se les acaba la correa, incluidas heridas en el cuello, laceración de la tráquea y lesiones en la columna vertebral.
Sólo son legales las correas de 2 metros
En el Código de Ordenanzas Ciudad de Laguna WoodsLa sección 5.14.010, "Correa obligatoria; sujeción de perros", establece: Ninguna persona que posea o tenga a su cargo, cuidado, custodia o control de cualquier perro causará o permitirá, ya sea deliberadamente o por falta de ejercicio de la debida atención o control, cualquier perro que se encuentra en cualquier carretera, calle, callejón o cualquier otra propiedad pública a menos que dicho perro sea restringido por una cadena sustancial, o correa". de una longitud no superior a 1,80 metrosy esté a cargo de una persona competente para ejercer el cuidado, la custodia y el control de dicho perro, a menos que el propietario u operador de dicha propiedad pública conceda permiso por escrito para que dicho perro esté en dicha propiedad sin dicha cadena o correa".
La Ordenanza Codificada del Condado de Orange OCCO 4-1-45, "Restricción de perros", establece: "Ninguna persona que posea o tenga a su cargo, cuidado, custodia o control de un perro podrá causar o permitir, ya sea intencionalmente o por no ejercer el debido cuidado o control, que dicho perro se encuentre en cualquier propiedad pública a menos que dicho perro esté sujeto por una cadena resistente, o correa que no supere los seis (6) pies de longitudy está a cargo de una persona competente para ejercer el cuidado, la custodia y el control de dicho perro". Debe llevar a su perro atado siempre que esté fuera de su propiedad. Su perro debe llevar una correa de una longitud máxima de dos metros. y al cuidado de un adulto competente. Hay "parques para perros" designados en todo el Condado de Orange que permiten legalmente la ausencia de correa."
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